Inscribir actas de Estado Civil expedidas fuera del territorio de la República Argentina.
Dichas actas, antes de ser presentadas, deberán ser legalizadas por la Representación diplomático-consular italiana del país de emisión o deberán contener la Apostilla de la Convención de La Haya y traducidas al italiano.
Todas las traducciones deben contener el sello “per traduzione conforme”. En los países donde existe la figura jurídica del traductor oficial es necesaria la firma legalizada por el Colegio de Traductores Públicos. En los países donde no existe la figura jurídica del traductor oficial será necesario acudir a la oficina consular para certificar la autenticidad. Para proceder a la legalización, el solicitante deberá presentarse, luego de haber solicitado un turno, en el Consulado con el acta original que desee legalizar. Para obtener el certificado de conformidad de la traducción el solicitante deberá presentarse, siempre con turno, en el Consulado con el documento original en idioma extranjero y la traducción. Prestación sujeta al pago de derechos consulares
Contraer Matrimonio. El ciudadano italiano residente en esta jurisdicción consular y correctamente empadronado en el A.I.R.E. si desea contraer matrimonio:
– en Argentina, deberá dirigirse al Registro Civil local para recabar información sobre la documentación a presentar
– en Italia, deberá contactar al Registro Civil o a la parroquia donde desea contraer matrimonio y efectuar la publicación del matrimonio en el Registro del Consulado General
– en otro país, puede dirigirse para obtener información a la Embajada italiana del lugar (el listado de las Embajadas italianas en el exterior puede encontrarlas en la página del Ministero degli Affari Esteri e della Cooperazione Internazionale)
Como requisito indispensable es que al menos uno de los contrayentes sea italiano residente en la jurisdicción de este Consulado General y se encuentre correctamente empadronado en el A.I.R.E.
Para los ciudadanos italianos es necesario presentar el pasaporte o “carta d’identità” en curso de validez.
Para ciudadanos extranjeros es necesario presentar la siguiente documentación:
- Último DNI en curso de validez
- acta de nacimiento traducida al italiano
- certificado que demuestre el estado civil soltero o declaración jurada frente a escribano argentino sobre el estado civil, con la Apostilla de la Convención de La Haya, traducido al italiano por un traductor público, cuya firma debe estar legalizada por el Colegio de Traductores Públicos e Intérpretes de pertenencia.