Esta página web utiliza cookies técnicas y de análisis necesarias.
Al continuar navegando por esta web usted acepta el uso de cookies.

Repatriación

Los ciudadanos inscriptos en el A.I.R.E. que regresen definitivamente a Italia, deberán presentarse en el Municipio donde decidan establecerse y declarar su nueva dirección de residencia.
En esa fecha el Municipio gestionará la cancelación del A.I.R.E. y la pertinente inscripción en el A.P.R. (Anagrafe Popolazione Residente).
Es responsabilidad del Municipio dar comunicado oficial de la fecha de repatriación al Consulado de origen y éste deberá registrarla en su base de datos.

Según la normativa vigente, el Consulado solo transmite al Municipio italiano las declaraciones de los ciudadanos residentes en la jurisdicción consular cuando se trata de expatriaciones y cuando se fija la residencia en el exteriorpero no lo realiza cuando se trata de repatriaciones (DL 71/2011, art. 9, Anagrafe degli italiani residenti all’estero – AIRE). Sobre la base de los datos existentes en el archivo consular (art. 8 del DL 71/2011) el Consulado de la jurisdicción de inmigración o de residencia deberá transmitir al Municipio italiano correspondiente los datos solicitados por la legislación en materia de registro civil (anagrafe – AIRE). Los datos son los manifestados en las declaraciones por los ciudadanos italianos que trasladan su residencia desde un Municipio italiano al exterior. La Ley 470/88 (art. 4.1, lett. a), e 5.1) y el DPR 223/1989 (art.13) indican que será competencia de los oficiales del Registro Civil de los Municipios la recolección de las declaraciones (dichiarazioni anagrafiche) de los ciudadanos que se trasladan al exterior debiendo proceder a su eliminación en el AIRE y comunicarlo a los Consulados pertinentes.

Se recuerda que la cancelación del A.I.R.E. por repatriación, y la siguiente actualización del padrón consular, puede realizarse solo luego de que se haya confirmado la inscripción del ciudadano en el A.P.R. por parte del Municipio italiano, que deberá actualizar la residencia y proceder a la inscripción en el padrón de electores de la República Italiana para luego comunicarlo al Consulado.

Cuando el Consulado tenga conocimiento que le ciudadano italiano inscripto en su jurisdicción consular ha abandonado el territorio, y no habiendo confirmación de repatriación por parte del Municipio italiano y de inscripción en el A.P.R., deberá proceder a la eliminación del padrón por paradero desconocido (irreperibilità), habiendo antes verificado que la dirección no se encuentre actualizada.